Seguro de la Compañía de Seguros: Mapfre Seguros

    Número de Póliza: 

    • Nº Póliza 6111910100005 Código SBS: VI2047410006 Soles

    Documentos: 

    Se puede elegir entre:

    • Contratar el seguro a través de Financiera Confianza
    • Contratar el seguro con la compañía que elijas (directamente o a través de un corredor de seguros), siempre que esté seguro cumpla con las condiciones que Financiera Confianza te informe.

    Las condiciones para contratar un seguro de desgravamen que elijas son las siguientes:

    • Las coberturas deberán ser las mismas que el Seguro Desgravamen actual que ofrece Financiera Confianza. Las Coberturas Principales: Muerte Natural, Muerte Accidental, Invalidez Total y Permanente por Accidente, Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.
    • Presentar factura original cancelada por año adelantado.
    • Endoso de Cesión de derecho a favor de Financiera Confianza.
    • La suma asegurada deberá ser el mismo o mayor al importe de crédito otorgado al cliente.
    • La vigencia deberá coincidir con la del crédito.

    Procedimiento para generar un endoso

    Las coberturas del seguro son responsabilidad de Mapfre Seguros empresa distinta a Financiera Confianza.

    Reclamos y Requerimientos:

    • Para canalizar la atención de reclamos, el asegurado y/o usuario deberán dirigirse a la central de atención al cliente, al teléfono 213-3333, o ingresar a la página web www.mapfre.com.pe

      • En caso que el cliente no esté conforme con la respuesta que fue otorgada a su reclamo puede acudir a la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS, Defensoría del Asegurado o Indecopi o a través de las páginas web:
        • www.defaseg.com.pe
        • www.sbs.gob.pe
        • www.indecopi.gob.pe

    *También puedes presentar tus reclamos a través de las Oficinas de Atención al Público de Financiera Confianza S.A.A., vía telefónica al número (01) 208-9080 Anexo 4587, y página web www.confianza.pe".

    Coberturas Principales:

    Suma Asegurada Máxima: S/. 7,000

    • Muerte natural.
    • Muerte accidental.
    • Invalidez total, permanente y definitiva por enfermedad.
    • Invalidez total, permanente y definitiva por accidente.

    Principales Exclusiones:

    1. Deceso o Invalidez a consecuencia de enfermedades preexistentes. Se entiende por preexistencia, cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico colegiado, conocida por el titular del seguro y no resuelta al momento previo a la fecha de suscripción de la Solicitud de Seguro.
    2. Deceso o Invalidez a consecuencia de un accidente debido a la participación como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas y lanchas a motor. Asimismo, se excluye el reconocimiento de las coberturas a consecuencia de un accidente debido a actividades como piloto y/o asistente de vuelos, trabajos en minas, torres de alta tensión, comunicaciones y similares.
    3. Deceso o Invalidez como pasajero en accidente de aviación no comercial (transporte aéreo de servicio público oficialmente autorizado), en práctica normal y no profesional de actividades peligrosas como boxeo, buceo, andinismo, paracaidismo, ala delta, y otros similares.
    4. Enfermedades contagiosas que sean declaradas por el Ministerio de Salud como epidemias con excepción de COVID 19.
    5. Deceso o Invalidez por consecuencia directa de acción de guerra con o sin declaración, estando en campaña, así como por intervención en duelo concertado y en viajes u operaciones submarinas. Así también, se excluye el reconocimiento de las coberturas a consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva o química.
    6. Suicidio o tentativa de suicidio durante los primeros 2 años.
    7. Cuando el siniestro se produzca en situación de embriaguez, bajo la influencia de drogas, en estado de sonambulismo o por la participación del asegurado en actos delictuosos.
    8. Deceso o Invalidez encontrándose con Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), HIV y enfermedades relacionadas.
    • Podrán asegurarse bajo la póliza de desgravamen las personas naturales clientes de Financiera Confianza que hubieran accedido a un crédito del Producto Palabra Mujer, que cumplan los requisitos de asegurabilidad.
    • Edad mínima de ingreso: 18 años.
    • Edad máxima de ingreso: 74 años y 364 días de edad
    • Edad máxima de Permanencia: 80 años 364 días.

    Formas de Pago:

    • Mensualmente todas las primas serán cargadas en el cronograma de pago del cliente.

    Tarifas:

    • Tarifario
    • Tasa: 0.0914% sobre el saldo insoluto del capital.

    En caso de siniestros, debe informar el mismo de manera inmediata a Mapfre Seguros o acercándose a una agencia cercana de Financiera Confianza presentando los siguientes documentos:

    Muerte Natural:

    • Carta de aviso del fallecimiento
    • Copia simple DNI del asegurado fallecido.
    • Copia simple del Certificado de Defunción completo, donde se indique la causa de fallecimiento.
    • Copia Simple del Acta o partida de Defunción
    • Informe médico y otros documentos en caso sean necesarios para la evaluación.
    • Certificado de Desgravamen y Copia Simple de Solicitud firmada por el cliente
    • Reporte del saldo insoluto, indicando fecha de apertura y desembolso, así como la fecha última de pago.

    Muerte Accidental:

    • Carta de aviso del fallecimiento
    • Copia simple DNI del asegurado fallecido.
    • Copia simple del Certificado de Defunción
    • Copia simple del Acta o Partida de Defunción,
    • Copia simple del Atestado o Informe Policial y/o Informe de la Fiscalía
    • Copia simple del protocolo de autopsia y Certificado de Necropsia, de haberse realizado
    • Informe médico y otros documentos en caso sean necesarios para la evaluación
    • Certificado de Desgravamen y Copia de Solicitud firmada por el cliente
    • Reporte del saldo insoluto, indicando fecha de apertura y desembolso, así como la fecha de último pago

    Invalidez Total y Permanente por Enfermedad o Accidente:

    • Copia simple DNI del asegurado.
    • Dictamen de Invalidez Total, Permanente y Definitiva a causa de accidente y/o enfermedad, expedido por cualquiera de las siguientes instituciones: 1) Comités Médicos del Sistema Privado de Pensiones, COMAFP (Comité Médico de las AFP) o COMEC (Comité Médico de la Superintendencia), en caso el Asegurado esté afiliado a una AFP y no esté jubilado; 2) Comisión Médica Evaluadora de Incapacidades del Ministerio de Salud (MINSA) o de ESSALUD, en caso el Asegurado esté afiliado a la ONP o esté jubilado; 3) Comisión Médica correspondiente de las Fuerzas Armadas o Policiales, en caso el Asegurado pertenezca a alguna de esas entidades; 4) Comisión Médica Evaluadora de Incapacidades del Ministerio de Salud (MINSA) o de ESSALUD o de una EPS, Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), Complementario de Riesgos. (Sentencia del Tribunal Constitucional) o una junta de médicos aprobada por la Compañía.
    • Informe Médico o cualquier otro documento siempre que sea necesario
    • Certificado de Desgravamen y Copia de Solicitud/Certificado firmado por el cliente
    • Reporte del saldo insoluto, indicando fecha de apertura y desembolso, así como la fecha última de pago.

    Nota: Se debe llenar el formato interno FO-105 como formulario de atención de Siniestros que se puede solicitar al Jefe de Operaciones en cualquier agencia de Financiera Confianza a nivel nacional

    • Copia simple del documento de identidad del ASEGURADO.
    • Dictamen de Invalidez de la comisión médica evaluadora de incapacidades emitido por MINSA, ESSALUD o EPS en original o copia simple o copia certificada.
    • Estado de cuenta del préstamo a la fecha del siniestro.
    • Copia simple del certificado de desgravamen.

    Para cúmulos mayores a S/ 10,000 soles:

    • Historia clínica foliada y fedateada (en caso de que el Formato de Declaración Médica no fuese suficiente), en original o copia simple o copia certificada.
    • Copia simple de DPS (a partir de créditos o cúmulos mayores a S/ 70,000 soles).

    ¿DESDE CUÁNDO ESTOY ASEGURADO?

    Estará asegurado desde el momento del desembolso del crédito.

    ¿HASTA CUÁNDO ESTOY ASEGURADO?

    Estará asegurado hasta el término de la vigencia del crédito, de acuerdo a las fechas del cronograma de pagos.

    ¿QUÉ ES UNA PREEXISTENCIA?

    Se denomina enfermedad preexistente a la enfermedad que antes de la fecha de inicio de vigencia del seguro, sea diagnosticada, se manifiestes, de origen a la recomendación de un tratamiento por un médico u origine algún síntoma y/o signología de la misma.

    ¿LA INVALIDEZ TEMPORAL ESTA CUBIERTA?

    No. El seguro cubre sólo la invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.

    ¿Puedo presentar una póliza de Vida que reemplace al seguro de Desgravamen?

    Sí, en caso cuente con un seguro de vida, puede endosarlo a favor de Financiera Confianza S.A.A. , siempre y cuando cumpla las mismas coberturas y beneficios del seguro comercializado por LA FINANCIERA, que se encuentran difundidas en la página web www.confianza.pe , la suma asegurada, debe ser igual o mayor al importe del Crédito y el seguro debe estar vigente durante todo el plazo del Crédito. LA FINANCIERA evaluará su solicitud en un plazo máximo de veinte (20) días, y sin costo.