- MN: Min. S/. 500
- ME: Min. $ 500
- Original y copia de D.N.I.
- Recibo de Servicio.
- Estado de cuenta de los últimos tres meses.
Moneda: Soles y Dólares
Importe:
Requisitos
- Cartilla Informativa - 16.06.23
- Cláusulas Generales y Especiales de Contratación aplicables a las Cuentas y los Servicios que fueron aprobadas por la Resolución SBS N° 4028-2014, y sus posteriores modificaciones; siendo la última actualización autorizada mediante Resolución SBS N° 01753-2022 vigente desde el 26.07.22
- Formato de hoja resumen crédito individual 29.10.2024
Beneficios, Riesgos y Condiciones
Documentos
Tarifarios
Fórmulas y Programas
Dato importante:
*Los retiros en cajeros y Agentes tienen limitaciones por número de operaciones y monto; y, están sujetos al pago de comisiones por transferencia interplaza para montos mayores de S/. 30. 000 nuevos soles o de US$ 10,000 dólares americanos. La comisión interplaza para montos mayores a S/. 30. 000 nuevos soles o de US$ 10,000 dólares americanos será de S/. 150.00 nuevos soles o de US$ 50.00 dólares americanos respectivamente. Para cuentas de la Agencia Quiruvilca la comisión será de S/ 0.50 céntimos de nuevo sol y de US$ 0.10 centavos de dólares americano. No aplica comisión interplaza para montos menores o iguales a S/. 30. 000 nuevos soles o de US$ 10,000 dólares americanos. Fondo de Seguro de Depósitos de marzo – mayo 2016: S/. 96,571.00 soles (sujeto a actualización trimestral), aplica las restricciones establecidas en la ley e informadas en nuestra pagina web. La empresa podrá solicitar mayor información y documentación, según la evaluación de riesgo de la operación y en cumplimiento de las normas que emita la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs.
Accede a mayor información sobre el producto, así como información sobre costos (tasas de interés, comisiones, gastos y penalidades) a través de nuestro tarifario vigente publicado en nuestras oficinas, página web (www.confianza.pe) y en nuestras plataformas de atención al usuario. Todas las operaciones de depósito conforme a Ley están sujetas al cobro de ITF (Impuesto a las Transacciones Financieras) de 0.005%, excepto las operaciones exoneradas contempladas en el apéndice del D.S. N° 150-2007 EF. La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 28587 y el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017 y sus modificatorias. **Para saldos diarios de S/100 o más en su cuenta. Cobertura de S/2,500 en caso de muerte accidental y/o invalidez total y permanente por accidente. Este seguro es de MAPFRE. Para mayor información sobre las condiciones y/o principales exclusiones del seguro visita www.mapfre.com.pe.