Si eres persona extranjera y quieres acceder a un producto en Sistema Financiero, podrás hacerlo siempre y cuando cuentes con tu Calidad Migratoria vigente e identificándote con cualquiera de los siguientes documentos, que también deben estar vigentes:
- Carné de extranjería
- Pasaporte
- Carné Permiso Temporal de Permanencia (CPP)
- Cédula de Identidad o documentos análogos
- Carné de solicitante de Refugio
- Carné de Identidad
- Documento CEPR que acredita la solicitud de refugiado se encuentra en trámite
Aquí te explicamos los requisitos por cada documento de identidad:
CARNÉ DE EXTRANJERÍA:
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Créditos (previa evaluación) y Ahorros
- Tu documento, así como tu calidad migratoria deben encontrarse vigentes. Puedes validarlo en este enlace: https://sel.migraciones.gob.pe/servmig-valreg/(S(0d1rpqbnc5wkyxjabbae4blo))/VerificarCE
- Según tu calidad migratoria, podremos solicitar adicionalmente que nos entregues tu Permiso Especial para Firmar Contratos, el cual debe encontrarse vigente.
- Si no cuentas con el Permiso Especial para Firmar Contratos, puedes gestionarlo de forma virtual en el portal de Migraciones en este enlace: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad
- Debes pagar el costo del trámite (S/15.80 a junio de 2022) en el Banco de la Nación o a través de págalo.pe
PASAPORTE:
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros.
- Tu documento, así como tu calidad migratoria deben encontrarse vigentes.
- Tu pasaporte debe tener 6 meses de vigencia desde tu ingreso al Perú.
- Según tu calidad migratoria, podremos solicitar adicionalmente que nos entregues tu Permiso Especial para Firmar Contratos, el cual debe encontrarse vigente.
- Si no cuentas con el Permiso Especial para Firmar Contratos, puedes gestionarlo de forma virtual en el portal de Migraciones en este enlace: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad
- Debes pagar el costo del trámite (S/15.80 a junio de 2022) en el Banco de la Nación o a través de págalo.pe
CARNÉ PERMISO TEMPORAL DE PERMANENCIA - CPP:
- Por el momento, puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros. (Estamos trabajando para habilitar nuestros productos de crédito).
- Tu documento debe encontrarse vigente. Puedes validarlo en este enlace: https://sel.migraciones.gob.pe/servmig-valreg/VerificarCptp
- Ten presente que este documento reemplaza al PTP, el cual no está vigente a la fecha.
- No requieres del Permiso Especial para Firmar Contratos
- IMPORTANTE: Si ya eres nuestro cliente y tienes un producto vigente con PTP registrado, debes acercarte a cualquiera de nuestras oficinas para solicitar la actualización de tu documento.
CARNÉ DE SOLICITUD DE REFUGIO:
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros. (Estamos trabajando para habilitar nuestros productos de Crédito)
- Tu documento debe encontrarse vigente. Puedes validarlo escaneando el QR que se encuentra en tu documento.
- No requieres del Permiso Especial para Firmar Contratos
CÉDULA DE IDENTIDAD O DOCUMENTOS ANÁLOGOS:
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros.
- Según tu calidad migratoria, podremos solicitar adicionalmente que nos entregues tu Permiso Especial para Firmar Contratos el cual debe encontrarse vigente.
- Debes acreditar tu calidad migratoria vigente a través de la constancia emitida por la Superintendencia de Migraciones.
- Si no cuentas con el Permiso Especial para Firmar Contratos, puedes gestionarlo de forma virtual en el portal de Migraciones en este enlace: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad
- Debes pagar el costo del trámite (S/15.80 a junio de 2022) en el Banco de la Nación o a través de págalo.pe
CARNÉ DE IDENTIDAD:
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros.
- Tu documento debe encontrarse vigente. Puedes validarlo en este enlace: https://sistemasdgc.rree.gob.pe/carext_consulta_webapp/?valS=aG9zdD1zaXN0ZW1hc2RnYy5ycmVlLmdvYi5wZSxrZXk9U05EVVlQRktBRlZNUUhZQ1RYTkVJWlFVTA
- Debes contar con el Permiso Especial para Firmar Contratos. Si no cuentas con el Permiso Especial para Firmar Contratos, puedes gestionarlo de forma virtual en el portal de Migraciones en este enlace: https://agenciavirtual.migraciones.gob.pe/agencia-virtual/identidad
- Debes pagar el costo del trámite (S/15.80 a junio de 2022) en el Banco de la Nación o a través de págalo.pe
DOCUMENTO CEPR (Comisión Especial para Refugiados):
- Puedes acceder a cualquiera de nuestros productos de Ahorros. (Estamos trabajando para habilitar nuestros productos de Crédito)
- Debes presentar tu Autorización de Trabajo vigente. Si no cuentas con el documento, puedes gestionarlo de forma virtual a través de este enlace: https://citasrefugiados.gob.pe/Solicitante/InicioSesion
LO QUE DEBES TOMAR EN CUENTA PARA TODOS LOS CASOS:
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Si tu documento o calidad migratoria no se encuentra vigente, puedes acreditar tu prórroga presentando el documento REGULARIZACIÓN MIGRATORIA.
La fecha del trámite de tu prórroga debe ser anterior a la fecha de vencimiento de tu calidad migratoria.
- Si abres una cuenta a partir de USD 5,000 o su equivalente en moneda nacional deberás realizar una Declaración Jurada de Origen de Fondos y presentar documentación de sustento de los fondos. Te brindamos algunos ejemplos de documentos de sustento que pueden acreditar lo indicado:
- Contratos de compra/venta
- Certificados de liquidación de beneficios sociales
- Boletas de pago de utilidades
- Certificados de plazo fijo cancelados en otras entidades.
- Declaraciones de renta
- Información pública verificable en el caso de altos funcionarios de Empresas y/o corporaciones de reconocido prestigio en el país o el extranjero
- Constancia o referencia de trabajo por peruano o residente legal en el país indicando funciones, cargo e ingreso.
Financiera Confianza podría solicitarte mayor documentación y/o información, de conformidad con sus políticas internas y normas emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
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Recuerda que cada vez que realices alguna operación (retiro, depósito, etc.) validaremos que tus documentos y calidad migratoria se encuentren vigentes, en cumplimiento del Reglamento de la Ley de Migraciones, ANEXO-DECRETO SUPREMO No 007-2017-IN:
“Artículo 165.- Deber de verificación en actos ordinarios: Las personas naturales o jurídicas y las entidades públicas tienen el deber de exigir a la persona extranjera, en actos jurídicos patrimoniales o laborales, que acrediten su condición migratoria regular, verificando que la calidad migratoria asignada por las autoridades migratorias les permita emprender los actos que suscriben.”