¿Qué es el microseguro oncológico?
Es un seguro que brinda una indemnización en caso el asegurado sea diagnosticado de cáncer; además ofrece otros beneficios gratuitos como asistencia de enfermera y asesoría telefónica.
- Póliza Simplificada del Microseguro Oncológico Indemnizatorio
- Solicitud-Certificado De Microseguro Oncológico
Seguro de la Compañía de Seguros: CRECER SEGUROS
Código SBS: N° VI1788000058 - Póliza Simplificada
Código SBS: N° VI1787200062 - Póliza Grupal
Documentos
Las coberturas del seguro son responsabilidad de CRECER Seguros, empresa distinta a Financiera Confianza.
Reclamos y Requerimientos:
Los requerimientos y/o reclamos podrán ser presentados a LA COMPAÑÍA por teléfono, por correo electrónico, por carta física o a través de su página web www.crecerseguros.pe. LA COMPAÑÍA dará respuesta a estas comunicaciones en un plazo máximo de quince (15) días calendario desde su recepción.
Canales de Atención
Central Telefónica:
Lima: (01) 417 4400 // Provincias: (0801) 17440
Correo:
gestionalcliente@crecerseguros.pe
Oficina:
Av. Jorge Basadre 310, Piso 2, San Isidro - Lima
Lunes a Jueves: 9:00 a.m. a 6:00 p.m.
Viernes: 9:00 a.m. a 5:00 p.m.
*También puedes presentar tus reclamos a través de las Oficinas de Atención al Público de Financiera Confianza S.A.A., vía telefónica al número (01) 208-9080 Anexo 4587, y página web www.confianza.pe
Cobertura | Suma Asegurada y Condiciones |
---|---|
Muerte Natural |
Suma Asegurada: S/1,000 Periodo de Carencia: 60 días Deducible: No aplica |
Indemnización por cáncer |
Suma Asegurada: S/ 20,000 Periodo de Carencia: 60 días Deducible: No aplica Eventos: 01 evento (única vez) |
Coberturas Adicionales | Condiciones |
---|---|
Hospitalización por cáncer |
Suma Asegurada: Renta diaria de S/70. máximo 15 días por año Periodo de Carencia: 60 días Deducible: No aplica Eventos: 01 evento por año |
Asistencias | Descripción | Eventos |
---|---|---|
Asistencia de enfermera a titular |
En caso de que el Asegurado requiera la atención de una enfermera a domicilio. LA COMPAÑIA gestionará y cubrirá el costo del traslado de la enfermera donde se encuentre el Asegurado. También se brindará el servicio de acompañamiento de enfermera a un familiar para toma de exámenes, ante la ausencia del titular por accidente o enfermedad. Este servicio se brindará con 4 horas como tiempo máximo de permanencia y deberá ser solicitado con mínimo de 24 horas de anticipación.
Costo de Servicio: No aplica |
5 eventos por año |
Acompañamiento emocional (telefónico) |
Servicio de acompañamiento emocional a través de una consulta telefónica proporcionada a los asegurados por parte de psicólogos profesionales, las 24 horas y 7 días de la semana, orientada a recuperar la autonomía de cada paciente y brindarle apoyo emocional psicológico oportuno. Este servicio es adecuado para eventos relacionados con ansiedad, depresión, frustración, intolerancia, subordinación, bullying o conflictos personales. Los casos relacionados con adicciones, trastornos graves o cuadros crónicos, el profesional médico procederá a estabilizar emocionalmente al paciente y procederá a recomendarle una consulta presencial cuyo costo no es asumido por LA COMPAÑÍA.
Este servicio no cuenta con límite de monto por evento. Costo de Servicio: No aplica |
Sin Límite |
Para solicitar el servicio de asistencias o para más información sobre nuestras clínicas o proveedores afiliados, comuníquese a la Central de Asistencias al teléfono al (01)4174400 (para Lima) o (0801)17440 (para Provincias) – opción 4.
El Microseguro Oncológico Indemnizatorio te cubre:
Coberturas principales
- Muerte natural: Indemnización en caso de fallecimiento del asegurado por causas naturales, o como consecuencia de una enfermedad o producto de la vejez.
- Indemnización por Cáncer: Indemnización en caso el asegurado sea diagnosticado de cáncer y que este sea confirmado por un análisis histológico (biopsia).
Cobertura adicional
- Hospitalización por Cáncer: Indemnización en caso el asegurado deba ser internado en un establecimiento hospitalario*, como consecuencia de un cáncer cubierto por el microseguro contratado.
*Establecimiento Hospitalario: Establecimiento de Salud que cuente con las instalaciones y las autorizaciones pertinentes para el internamiento de los pacientes para pernoctar en él.
Principales Exclusiones:
LA COMPAÑÍA no pagará la cobertura cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:
- Preexistencia: condición de salud o condición física diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento de EL ASEGURADO.
- Lesiones sufridas en acción militar, policial o de resguardo (por ejemplo: seguridad privada).
- El siniestro se haya originado a causa de la participación del Asegurado en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro su vida y la vida e integridad física de las personas, incluyendo pero no limitando, su participación en huelga, motín, conmoción civil contra el orden público, daño malicioso, vandalismo, actos subversivos, actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Asegurado, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
- El siniestro se haya originado a causa de la participación del Beneficiario en actos temerarios o cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, que pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas y en particular, la del Asegurado, de actos ilegales, delictivos o criminales realizados por el Beneficiario, sea como ejecutor del mismo, cómplice, coautor y/o autor intelectual del delito o acto ilegal.
- Práctica de deportes extremos, deportes de contacto físico, competición de vehículos de cualquier naturaleza y actividades temerarias o peligrosas, considerándose como tales aquellas actividades que comportan una real peligrosidad por las condiciones difíciles y/o extremas en las que se practican.
- Uso voluntario de alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso Ku de alcohol solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
- Lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento.
- Cáncer de piel en cualquiera de sus tipos, a excepción de los Melanomas Malignos invasivos.
Los requisitos para adquirir este Microseguro son:
- Ser cliente de Financiera Confianza, con cuenta de ahorro vigente y con saldo; y/o desembolsar un crédito
- Completar y firmar la Póliza Simplificada del Microseguro Oncológico Indemnizatorio o la Solicitud-Certificado De Microseguro Oncológico
- Aceptación del cargo por el plan mensual, semestral o anual del seguro en tu cuenta de ahorro autorizada y/o aceptación de Pago Único al momento del desembolso del crédito.
- Edad mínima de ingreso: 18 años.
- Edad máxima de ingreso: 69 años con 364 días.
- Edad máxima de permanencia: 74 años y 364 días.
Formas de Pago
- La prima del plan mensual o anual se carga de la cuenta de ahorros, según el plan elegido en la Póliza Simplificada y/o se descuenta el pago único del monto desembolsado del crédito.
- Puedes adquirirlo en cualquier agencia de nuestra amplia red de oficinas a nivel nacional.
Tarifas
En caso de siniestro, EL CONTRATANTE o EL BENEFICIARIO deberá informar a LA COMPAÑÍA sobre la ocurrencia del siniestro (aviso de siniestro) dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro o del beneficio, deberás informarnos llamando al (01) 417- 4400 desde Lima o al 0801-17440 desde provincia y marcar la opción 1. Los especialistas en atención de siniestros gustosamente atenderán todas tus dudas e inquietudes para dar inicio a la evaluación del siniestro.
Para solicitar las coberturas, se deberá presentar los siguientes documentos* obligatorios requeridos para solicitar el pago del siniestro:
Muerte natural:
- Certificado Médico de Defunción (original o certificación de reproducción notarial). Se obtiene en el centro médico donde fallece el Asegurado o es emitido por el médico que certifica la muerte en el domicilio.
- Partida o Acta de Defunción. (Copia certificada que expide RENIEC o certificación de reproducción notarial).
- Copia simple del DNI vigente de los beneficiarios o partida de nacimiento de los beneficiarios menores de edad (original que expide RENIEC o certificación de reproducción notarial), en caso no tuvieran DNI vigente.
- Inscripción expedida por Registros Públicos del Testamento o declaratoria de herederos, o Sucesión intestada (original o certificación de reproducción notarial) del Asegurado, salvo que haya designado beneficiarios específicos durante la vigencia del seguro.
Indemnización por Cáncer:
- Copia debidamente foliada y fedateada de Historia Clínica donde se evidencie el diagnóstico de cáncer o Informe Médico original en formato de LA COMPAÑÍA. Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado ha tratado el diagnóstico de la enfermedad.
- Informe Anatomopatológico histológico de biopsia Positivo realizado por el médico oncólogo tratante en original o certificación notarial. Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado ha tratado el diagnóstico de la enfermedad.
Para las coberturas adicionales, siempre y cuando el CONTRATANTE las haya suscrito, deberán presentarse los siguientes documentos obligatorios, según sea la cobertura adicional solicitada:
Hospitalización por Cáncer:
- Informe Médico de la Institución Médica o establecimiento hospitalario, en formato membretado, que indique las causas de la hospitalización, diagnóstico, tratamiento realizado, médico tratante, fechas de atención, centro de salud (original). Se obtiene en el Centro Médico donde el Asegurado ha tratado el diagnóstico de la enfermedad.
*Los documentos de procedencia extranjera deben ser visados por el consulado peruano en el país de expedición. Si el documento estuviera redactado en un idioma distinto al español, se deberá adjuntar una traducción oficial del mismo.
También podrás comunicar el siniestro por escrito a través de Servicio al Cliente presencial en la Oficina de Financiera Confianza, dentro de los 7 días de ocurrencia del siniestro.
Formulario de Declaración de Siniestros Microseguro Oncológico Indemnizatorio
Formulario de Declaración de Siniestros Microseguro Oncológico para créditos
¿Cuál es la vigencia del Microseguro?
Inicio de vigencia para ahorros: desde la fecha que el cliente se afilia al seguro.
Fin de vigencia para Ahorros Plan mensual y anual: El fin de vigencia será 01 año después de la fecha de inicio de vigencia, o en la fecha que el asegurado alcance la edad máxima de permanencia o en caso ocurra un evento de siniestro, lo que ocurra primero.
Inicio de vigencia para créditos: desde la fecha del desembolso del crédito.
Fin de vigencia para créditos: Fecha fin del crédito en función al plazo del crédito, o en la fecha que el asegurado alcance la edad máxima de permanencia o en caso ocurra un evento de siniestro, lo que ocurra primero.
Nota: En caso de Reprogramación, Refinanciamiento, Prorroga, o el Asegurado culmine de pagar el crédito otorgado por EL COMERCIALIZADOR en un menor tiempo al plazo inicialmente contratado, el seguro se mantendrá vigente durante todo el plazo inicial por el cual contrató el crédito (máximo 60 meses). Asimismo, en caso cuentes con un microseguro oncológico vigente vinculado a un crédito, ya no podrás afiliarte a un microseguro oncológico indemnizatorio vinculado al ahorro
¿En qué consisten las asistencias?
Las asistencias son beneficios adicionales brindadas al Asegurado.
¿Puedo tener más de un microseguro oncológico indemnizatorio si tengo más de una cuenta de ahorro?
No, sólo se podrá tener un microseguro oncológico indemnizatorio en una de las cuentas de ahorro.
¿Quiénes son los asegurados, beneficiarios, contratantes o declarantes?
Declarante: Es la persona que declara la ocurrencia de un siniestro.
Asegurado: Persona natural que cumple con los requisitos de edad y asegurabilidad establecidos en la póliza de seguro y cuya vida se asegura en la misma.
Beneficiario*: Persona Natural determinada en la póliza que tiene derecho a cobrar la suma asegurada tras la ocurrencia del siniestro.
*El Beneficiario en la cobertura de indemnización por cáncer es el Asegurado o, en caso se produzca su fallecimiento antes del pago de la indemnización, serán sus herederos legales.
Contratante: Persona natural o jurídica que firma el contrato de seguro con la compañía aseguradora.
¿Cómo solicito el cambio de declaración de Beneficiarios?
El Asegurado podrá acercarse a cualquiera de nuestras agencias o llamar a los teléfonos de Crecer Seguros desde Lima al (01) 417-4400 o en el caso de provincias al 0801-17440 y marcar la opción 9.
Formulario para Cambio de Beneficiarios
¿Cuál es el plazo de atención para que me brinden una respuesta a mi solicitud de cobertura?
Recibida la solicitud de cobertura, Crecer Seguros procederá con la evaluación presentada, en este supuesto, emitirá un pronunciamiento en un plazo máximo de veinte (20) días calendario, desde la entrega de la documentación obligatoria completa.
Para mayor información o consultas puede escribir al correo electrónico de gestión al cliente de Crecer Seguros gestionalcliente@crecerseguros.pe o completando el formulario en la web: www.crecerseguros.pe.
La empresa puede solicitar mayor información y/o documentación de acuerdo a sus políticas y normas vigentes. Mayor información sobre el producto, así como los costos a través de nuestro tarifario, página web (www.confianza.pe) y en nuestra red de oficinas de atención al público. La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 28587 y Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, Res. SBS N°3274-2017